El artículo 21 de la Ley de Arrendamientos Urbanos reparte la carga de las obras y las reparaciones en el contrato de alquiler de vivienda. 1.- Las obras necesarias para mantener la finca en condiciones de habitabilidad corresponden al casero. La excepción es que el deterioro sea imputable al arrendatario. Hay que tener en cuenta que el artículo 1.562 del Código Civil presume que el arrendatario recibe la finca en buen estado, y el artículo 1.563 le hace responsable…









