En un inmueble organizado bajo el régimen de la propiedad horizontal hay dos propiedades: Una propiedad privada. Pisos, locales, trasteros y plazas de garaje. Los elementos privativos. Los elementos comunes. Son inseparables de los elementos privativos y pertenecen a sus propietarios. El grado de participación en la propiedad es la cuota de participación. Hay, pues, una comunidad de bienes. Como cualquier otra institución privada pluripersonal, por ejemplo las sociedades mercantiles y las asociaciones, la comunidad de bienes se rige por la…
