Propiedad horizontal

Actividades molestas y prohibición de uso de vivienda en la comunidad de propietarios

Actividades molestas y prohibición de uso de vivienda en la comunidad de propietarios

  Imagínate un edificio en régimen de propiedad horizontal, una comunidad de propietarios, una comunidad de vecinos, en la que los habitantes de una vivienda  gritan, golpean las paredes y los techos y escuchan música a  altas horas de la madrugada, acumulan basura, provocan malos olores e  insultan, amenazan y agreden a sus vecinos. Podría ser la suya. ¿Qué hacer? Para todas las comunidades de propietarios de España, salvo las ubicadas en Catalunya,  es de aplicación el  artículo 7.2 de la…

La prohibición de hacer barbacoas y tener mascotas en una comunidad de propietarios

La prohibición de hacer barbacoas y tener mascotas en una comunidad de propietarios

  La comunidad de propietarios sólo puede prohibir las barbacoas – fuente de humo, hollín, suciedad, hedor, ruido – en los elementos privativos en los estatutos. La tenencia de mascotas es más fácil de prohibir. La Audiencia Provincial de Málaga, sentencia de 10-10-2003. Sólo los estatutos  pueden prohibir cualquier actividad que pueda ser molesta para  los propietarios y ocupantes de las viviendas y locales de negocio. Es nula cualquier otra restricción al disfrute de la propiedad. Pero la tenencia de mascotas en…

La separación física entre plazas de garaje

La separación física entre plazas de garaje

  Imagínate que eres propietario o que que tiene alquilada una plaza de garaje, pero cuando llegas con tu coche o moto para aparcar te encuentras otro vehículo aparcado, que suele ser el mismo. Sí, la realidad supera la ficción. Tal vez puedas entrar en contacto con quien aparca y solucionar el problema de una forma civilizada. De lo contrario deberás usar otros métodos. La denuncia por usurpación de inmueble no me parece recomendable.  Implica un problema de prueba y…

¿Qué son las actividades molestas o prohibidas en una comunidad de propietarios?

¿Qué son las actividades molestas o prohibidas en una comunidad de propietarios?

  El primer párrafo del artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal establece las actividades que el propietario u ocupante (arrendatario, usufructuario, comodatario) de un elemento privativo (vivienda, local, garaje, trastero) no puede desarrollar en él. En Catalunya se aplica el artículo 553-40 del Codi Civil. Si los leen verán que no son idénticos. La normativa catalana es más moderna e incluye más supuestos. Pero la Ley de Propiedad Horizontal admite una interpretación extensiva. Jurisprudencia del Tribunal Supremo El Tribunal Supremo…

Jurisprudencia sobre impugnación de acuerdos en comunidades de propietarios

Jurisprudencia sobre impugnación de acuerdos en comunidades de propietarios

  Para que un copropietario pueda impugnar los acuerdos de la junta de propietarios  deberá estar al corriente de pago de las deudas vencidas con la comunidad o consignar la cantidad que deba en el juzgado competente. Sin embargo el artículo 18.2 de la Ley de propiedad horizontal hace una excepción. La regla no será de aplicación para  impugnar los acuerdos de la junta relativos al establecimiento o alteración de las cuotas de participación a que se refiere el artículo 9.…

Responsabilidad del casero por actividades molestas del inquilino en la comunidad de propietarios

Responsabilidad del casero por actividades molestas del inquilino en la comunidad de propietarios

  He escrito dos artículo sobre la realización de actividades molestas para los vecinos en una comunidad de propietarios y sus consecuencias. Uno sobre un negocio de prostitución  en un piso (les recomiendo su lectura); otro sobre una actividad industrial desarrollada en un local. Una sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, de 29-5-2014, condena al propietario y arrendador de una vivienda alquilada a unos estudiantes,  que se divertían mucho y estudiaban poco, a hacer lo necesario para evitar que en la…

Soy el propietario de un local de negocio ¿tengo que pagar los gastos del ascensor?

Soy el propietario de un local de negocio ¿tengo que pagar los gastos del ascensor?

  Una comunidad de propietarios se vio obligada a adecuar a la normativa sus tres ascensores. El presupuesto ascendía a 52.893,74 euros. Se aprobó en junta la correspondiente derrama. Los propietarios de los locales comerciales de la finca se negaron a pagar. El motivo de la negativa era que en los estatutos de la comunidad de propietarios se exoneraba a los locales a contribuir a los «gastos y obligaciones que afecten a los servicios del ascensor». La exención se basaba en el…

Los defectos formales en el acta de la junta de propietarios: consecuencias jurídicas

Los defectos formales en el acta de la junta de propietarios: consecuencias jurídicas

  El acta de la junta de la comunidad de propietarios puede tener defectos formales.  ¿Qué consecuencias jurídicas tiene los defectos formales o de forma en un acta? En este post responderemos a la pregunta examinando algunas sentencias. Sentencia del Tribunal Supremo, Sala Civil, núm 212/2015, de 20/4. La falta de las firmas del presidente y el secretario de la comunidad de propietarios – o de uno de ellos –  en el acta no conlleva la nulidad de la junta ni…

¿Los locales de negocio deben pagar los gastos de la comunidad de propietarios?

¿Los locales de negocio deben pagar los gastos de la comunidad de propietarios?

  ¿Los propietarios y arrendatarios de los locales comerciales de un edificio en régimen de propiedad horizontal deben pagar los gastos de la comunidad? Me plantean esta consulta con cierta asiduidad. Es un tema conflictivo en las comunidades de vecinos. El local paga servicios de la escalera que no utiliza: conserje, luz, ascensor. También ocurre con los entresuelos. Sus propietarios no quieren pagar los gastos del ascensor o su instalación porque no lo usan. Pero a diferencia de los locales, un…

Requisitos para hacer obras en una vivienda en una comunidad de propietarios

Requisitos para hacer obras en una vivienda en una comunidad de propietarios

  Cuando una vivienda, un piso o un local está en un edificio cuyo régimen legal es el de propiedad horizontal no se puede hacer cualquier obra. La sentencia 768/2012 del Tribunal Supremo, Sala Primera, Sección Primera,  recurso 1139/2009, ponente José Antonio Seijas Quintana dice: La facultad del propietario de un piso o local de negocio  para modificar los elementos arquitectónicos, las instalaciones o los servicios  está sujeta a dos requisitos.  Requisitos A) No se pueden modificar los elementos comunes del edificio.…