En el juicio verbal de desahucio por impago de la renta la ley concede al inquilino la posibilidad de enervar la acción si es la primera vez que el arrendador le demanda por ello. Enervar es una facultad procesal conferida al arrendatario para frustrar mediante el pago o la consignación de la renta adeudada la acción entablada contra él. Los artículos 22.4 y 440.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil parecen condicionar la enervación al hecho de que el…









