El precario constituye la tenencia o disfrute de cosa ajena sin pago de renta, ni razón de derecho distinta de la mera liberalidad o tolerancia del propietario o poseedor real, de cuya voluntad depende poner término a dicha tenencia. Es un concepto de creación jurisprudencial, no legal, que no se reduce a la noción estricta del precario del Derecho romano, sino que amplia los límites del mismo a otros supuestos de posesión sin título, además de la posesión concedida…
