La renta del alquiler de la vivienda de protección oficial no es libre. La Administración establece una renta máxima. También hay un precio máximo de venta y de alquiler con opción de compra. En Catalunya la renta máxima la determina la Generalitat. Este es el enlace donde encontrarán el precio máximo por metro cuadrado. http://www20.gencat.cat/portal/site/territori/menuitem.c6e8d3be598ec9745f13ae92b0c0e1a0/?vgnextoid=d7de9fb76e2c5310VgnVCM2000009b0c1e0aRCRD&vgnextchannel=d7de9fb76e2c5310VgnVCM2000009b0c1e0aRCRD&vgnextfmt=default Es importante que el arrendatario conozca cuales son las rentas máximas del alquiler de su vivienda de protección oficial. Porque el Tribunal Supremo, en…
