Contrato alquiler local negocio

El arrendador no puede exigir el pago de la renta al inquilino si no cumple con sus obligaciones

El arrendador no puede exigir el pago de la renta al inquilino si no cumple con sus obligaciones

  En el artículo que podéis leer pinchando este largo enlace, os explicaba que el inquilino de la vivienda o el local de negocio puede contestar la demanda de desahucio y reclamación de rentas, o sólo la de desahucio o reclamación de rentas que le plantee el casero, no solamente oponiéndose a la/s misma/s, sino también con una demanda reconvencional: demandando al casero. Obviamente, la demanda reconvencional debe tener un fundamento jurídico-fáctico muy consistente. De lo contrario, la reconvención fracasará…

La indemnización al inquilino del local de negocio por daños imputables a la comunidad de propietarios

La indemnización al inquilino del local de negocio por daños imputables a la comunidad de propietarios

  No es nada infrecuente que se produzcan daños a locales de negocio situados en edificios organizados en régimen de propiedad horizontal, que son la inmensa mayoría de los que se encuentran en las ciudades, por culpa o negligencia de la comunidad de propietarios. En numerosos casos, se trata de filtraciones o inundaciones de agua que dañan el local propiamente dicho (continente y contenido) y la actividad que se desarrolla en el mismo, lo que puede llevar a una indemnización…

La prohibición de obras que afecten la configuración y seguridad del inmueble en un contrato de alquiler de local de negocio

La prohibición de obras que afecten la configuración y seguridad del inmueble en un contrato de alquiler de local de negocio

  Casi todas las viviendas y locales que se alquilan se encuentran en edificios organizados en régimen de propiedad horizontal. Así que es lógico que quien es a la vez propietario y arrendador de la finca que se alquila deba ser prudente en relación con las obras que puedan realizarse en su propiedad, porque será responsable ante la comunidad de propietarios de los daños que el edificio pueda sufrir por su realización. Especialmente cuando se alquila un local, que es…

Dos posibles cláusulas sobre obras en el contrato de alquiler para uso distinto de vivienda

Dos posibles cláusulas sobre obras en el contrato de alquiler para uso distinto de vivienda

  Cuando un arrendatario alquila un local comercial para instalar en él cualquier tipo de negocio puede encontrarse con dos situaciones. (Por supuesto que hay más, pero no podemos analizarlas todas). Una es que el local arrendado esté ya más o menos preparado para desarrollar una concreta actividad. Entonces el propietario del inmueble puede imponer al inquilino en el contrato la prohibición de llevar a cabo obras en la finca; o el más frecuente pacto de someter todas las posibles…

El pago de la renta con obras y el alquiler de finca urbana para edificar y para mejora

El pago de la renta con obras y el alquiler de finca urbana para edificar y para mejora

  El artículo 17.5 de la Ley 29/94, de Arrendamientos Urbanos (LAU) permite a las partes acordar «…que, durante un plazo determinado, la obligación del pago de la renta pueda reemplazarse total o parcialmente por el compromiso del arrendatario de reformar o rehabilitar el inmueble en los términos y condiciones pactadas«. Se trata solo de reformar o rehabilitar un inmueble que ya es habitable. Dado que la renta se sustituye por obras es esencial que se definan las obras que…

Las obras de mejora en el contrato de alquiler

Las obras de mejora en el contrato de alquiler

  Las obras de mejora en un contrato de alquiler se regulan en el artículo 22 de la Ley de Arrendamientos Urbanos. Este precepto es de aplicación obligatoria en los arriendos de vivienda habitual, salvo que se pacte algo más beneficioso para el inquilino. En los arrendamientos para uso distinto de vivienda es de aplicación supletoria, para el caso de que nada se acuerde al respecto. La LAU no contiene un concepto de obra de mejora. ¿Qué es una obra…

Las obras de mejora realizadas por el arrendatario

Las obras de mejora realizadas por el arrendatario

  Los artículos 23 y 24 de la Ley de Arrendamientos Urbanos regulan las obras que puede hacer el inquilino de la vivienda. El artículo 23 se aplica a los arriendos para uso distinto de vivienda si no se pacta lo contrario. Estos artículos no dicen nada sobre las obras de mejora en la finca que puede hacer el arrendatario. Se admite, sin embargo, que los inquilinos hagan obras de mejora en los inmuebles arrendados. Y sin permiso de los…

Las obras de adaptación en el alquiler de local de negocio y su repercusión en la renta

Las obras de adaptación en el alquiler de local de negocio y su repercusión en la renta

  Los arrendamientos para uso distinto de vivienda son los que recaen sobre edificaciones habitables cuyo destino primordial no sea el de vivienda habitual. Se incluyen los arrendamientos de temporada, que aquí no tratamos – aunque lo que se dice tiene validez para ellos. En este post nos referimos a los arriendos de locales de negocio, oficinas, naves industriales. En los arrendamientos para uso distinto de vivienda rige la libertad de pactos entre las partes, reconocido en el art. 1255…

La resolución del contrato de alquiler por la realización de actividades inmorales o ilícitas por el inquilino

La resolución del contrato de alquiler por la realización de actividades inmorales o ilícitas por el inquilino

  El artículo 27.2.e) de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) establece que el casero puede resolver el contrato de alquiler de vivienda si el inquilino realiza «actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas». El artículo 114, 8.ª, del Texto Refundido de 1964, aplicable a los alquileres anteriores al 1 de enero de 1995, permite al arrendador la resolución por actividades inmorales, peligrosas, incómodas o insalubres. La única diferencia  es que la LAU 1964 incluye la inmoralidad como causa de…

La indemnización al arrendador por desperfectos en el inmueble: el lucro cesante

La indemnización al arrendador por desperfectos en el inmueble: el lucro cesante

  Como ya he explicado en este blog, el Código Civil manda al arrendatario: Utilizar la finca arrendada con «la diligencia propia de un buen padre de familia». Destinarla al uso pactado, y no a otro. Devolverla al arrendador, cuando acaba el alquiler, en el mismo estado en que la recibió. Con dos excepciones. La primera, salvo lo que hubiese perecido o se hubiera menoscabado por el tiempo o por causa inevitable. La segunda, que los daños no sean imputables…