Las reparaciones necesarias u obras de conservación en el contrato de alquiler de vivienda habitual están reguladas en el artículo 21 de la Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos: el arrendador está obligado a realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario a tenor de lo…








