El primer artículo que escribí en este blog trataba de la obligación del inquilino de abonar una fianza al arrendador según lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley de arrendamientos urbanos (fianza legal). La fianza es un dinero que da el arrendatario al arrendador en garantía del cumplimiento de sus obligaciones, básicamente el pago de la renta y cantidades asimiladas (IBI, suministros), y la devolución de la vivienda alquilada sin daños ni desperfectos. El arrendador debe depositar la fianza en la entidad pública…
