La Ley de Arrendamientos Urbanos regula el alquiler de viviendas, pero no distingue entre pisos y casas sin muebles y viviendas amuebladas. Por muebles hay que entender no solo las camas, los sofás, los armarios o las mesas, sino también los electrodomésticos: nevera, lavadora, y el mobiliario propio de la cocina y el baño. Un bien mueble es aquel que se puede transportar de un sitio a otro sin menoscabo de la finca inmueble a la que está unido.…
