Lo que define el contrato de arrendamiento de vivienda habitual es su objeto: una edificación habitable para ser destinada a satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario. En ella tendrá su domicilio junto a su familia o las personas con las que conviva. El domicilio es la residencia habitual de una persona. El diccionario de la RAE define vivienda como un lugar cerrado y cubierto para ser habitado por personas. Un piso, una casa. Por ello la principal obligación…









