Si la junta de propietarios de la comunidad es la asamblea de los comuneros y el órgano de gobierno de la comunidad de propietarios – quien adopta los acuerdos -, el presidente – como dice el artículo 13.3 de la Ley de Propiedad Horizontal -, es el representante de la comunidad en procesos judiciales y fuera de ellos. El presidente es la personificación del ente sin personalidad jurídica que es la comunidad de propietarios (Tribunal Supremo, sentencias de 9-5-1960 y…








