Los pisos y los locales ubicados en un edificio de vecinos son de propiedad privada, son elementos privativos. Pueden ser: Todos propiedad de una sola persona, en cuyo caso estamos ante una propiedad vertical. Pertenecer a diferentes propietarios, lo que constituye una propiedad horizontal o comunidad de propietarios. La propiedad privada no es un derecho absoluto sobre lo que es de uno, sino que tiene limitaciones. El propietario de un bosque no puede talarlo porque es suyo; el bosque…
