En Derecho procesal hay dos tipos de legitimación para actuar en un proceso judicial como demandante: Legitimación ad procesum: es la capacidad procesal general para comparecer en un juicio como parte. Está regulada en los artículo 6 y 7 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC). La legitimación ad causam: es la vinculación de un sujeto con un objeto litigioso determinado (en este caso un alquiler) que le habilita para solicitar una sentencia de fondo en un juicio declarativo.…
