El arrendador de una vivienda o cualquier otro inmueble puede ser una sociedad anónima cotizada de inversión en el mercado inmobiliario: SOCIMI. Son un tipo especial de sociedad anónima regidas por la Ley 11/2009, de 26 de octubre. Su objeto social es la adquisición, promoción y rehabilitación de activos inmobiliarios para su alquiler.Pueden hacerlo directamente o mediante participaciones en otras SOCIMI. Están obligadas a invertir un mínimo del 80% de sus fondos en inmuebles urbanos y destinar a dividendos un mínimo del…
