En casi todos los contratos de alquiler, tanto si son de vivienda como de local de negocio, hay una cláusula tipo que se refiere a las obras que puede hacer al arrendatario. En general las obras requieren la autorización de la propiedad y normalmente se estipula que las realizadas quedarán a beneficio de la finca, y sin indemnización alguna para el arrendatario cuando termine el arriendo. Podéis leer aquí sobre las obras de conservación en locales; aquí sobre las…
