Las viviendas de protección oficial (VPO) tienen un régimen legal algo distinto de las viviendas que podríamos llamar «normales», las de mercado. Se pueden vender y alquilar, pero deben cumplirse unos requisitos. No todo el mundo puede comprar una VPO. Para alquilarlas, el propietario debe tener permiso de la Administración competente. Las Comunidades Autónomas tienen las competencias sobre viviendas. En este post sólo me referiré, por razones de espacio y conocimiento, a la legislación catalana sobre la materia. La…
