La elección del presidente de la comunidad en la Ley de Propiedad Horizontal

La elección del presidente de la comunidad en la Ley de Propiedad Horizontal

  La norma sobre la elección del presidente de la comunidad ha sido modificada por la Disposición final 2ª de la Ley 42/2015, de 5 de octubre. Esta es la nueva redacción del artículo 13.2  de la Ley de propiedad horizontal: El presidente será nombrado, entre los propietarios, mediante elección o, subsidiariamente, mediante turno rotatorio o sorteo. El nombramiento será obligatorio, si bien el propietario designado podrá solicitar su relevo al juez dentro del mes siguiente a su acceso al…

El contrato de alquiler. Diferencias con el precario y el comodato

El contrato de alquiler. Diferencias con el precario y el comodato

  Algunos consultantes me dicen que no tienen contrato de alquiler, pese a que pagan una renta,  los suministros, los gastos de la comunidad de propietarios, etcétera. En realidad quieren decir que no tienen un contrato de alquiler por escrito.  En Derecho español el contrato existe desde que una o varias personas se obligan respecto de otra u otras a dar alguna cosa o prestar algún servicio, sin que sea necesario que tal acuerdo se plasme por escrito. Con un…

Consecuencias de rebajar la renta mediante pacto verbal

Consecuencias de rebajar la renta mediante pacto verbal

  No hay mal que por bien no venga. Este refrán se puede aplicar a los arrendatarios de viviendas, locales de negocio, garajes. La crisis, la falta de acceso al crédito y el exceso de oferta de inmuebles lleva a muchos arrendadores a pactar verbalmente una rebaja de las rentas de los inquilinos. El casero debe saber que pactar verbalmente una nueva renta puede constituir una novación – un cambio – en el contrato. El artículo 1203 del Código civil…

¿Por qué el vendedor de un piso tiene que comunicar la venta a la comunidad de propietarios?

¿Por qué el vendedor de un piso tiene que comunicar la venta a la comunidad de propietarios?

  El vendedor de un piso tiene la obligación de comunicar la venta a la comunidad de propietarios desde el 20 de junio de 2015. Es la fecha de entrada en vigor de Ley 5/2015, de modificación del libro quinto del Código civil de Catalunya, que modifica sustancialmente la propiedad horizontal catalana. Antes era  el comprador del inmueble quien debía comunicar a la comunidad la compraventa. Dispone el artículo 553-37.3: La persona que enajena un elemento privativo debe comunicar el cambio de titularidad a…