La sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, Sección 1ª, núm 5736/2006 (ponente Ignacio Sierra Gil de la Cuesta), recuerda y reitera que: La doctrina jurisprudencial ha asimilado los ancianos o personas con enfermedades que dificulten de manera importante la subida de las escaleras del inmueble a las personas con minusvalía, a los efectos de la supresión de barreras arquitectónicas, la instalación de ascensores, etcétera. Por ejemplo, en la sentencia de 22 de noviembre de 1999, en la que seis de…
