El subarriendo consiste en que el inquilino alquila una parte de la vivienda alquilada, por ejemplo una habitación, a un tercer inquilino sin desvincularse del contrato de alquiler. Entonces es un arrendatario-subarrendador. El subarriendo de la vivienda se regula en el artículo 8.2 de la LAU. El subarriendo es siempre de parte una parte de la vivienda. El arrendatario debe continuar habitando el piso que subarrienda. Si el subarriendo es de toda la vivienda es una cesión. El subarriendo sólo…
El contrato de alquiler de local en la venta de acciones de las sociedades mercantiles arrendatarias
Es muy normal que el arrendatario de un local comercial o una nave industrial sea una sociedad mercantil, anónima o limitada. ¿Qué ocurre con el contrato de alquiler si en la sociedad se produce una venta de acciones en el caso de sociedades anónimas, o participaciones en sociedades limitadas? El criterio general establecido por la jurisprudencia es que la venta de acciones o participaciones de una sociedad no lleva consigo ningún tipo de cesión o traspaso, siempre que la empresa continúe…