Nueva prórroga del alquiler y límite del 2% a la subida de renta en 2026

Nueva prórroga del alquiler y límite del 2% a la subida de renta en 2026

Nueva prórroga del alquiler y límite del 2% a la subida de renta en 2026

Alguien dijo  que el vuelo de una mariposa en Japón puede causar resfriados en Europa. Obviamente, se trata de una metáfora. Lo que se quiere decir es que el mundo está profundamente interconectado. 

Es el caso de la guerra entre Estados Unidos e Israel contra Irán. El flujo de petróleo y gas natural queda afectado y sus precios suben. Como todo se transporta, si el precio del combustible se incrementa todo será más caro y habrá más inflación. 

Y, si la inflación sube, el precio de los alquileres también. Tanto los que están asociados al IPC como los que lo están al IRAV, que es un cálculo que se basa en el IPC.

Así que el Gobierno ha decidido adoptar dos medidas, contenidas en el Real Decreto-ley 8/2026, de 20 de marzo, de medidas en el alquiler en respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Irán.

Este Real Decreto-ley entró en vigor el 22 de marzo de 2026. Deberá ser convalidado por el Congreso de los Diputados en un plazo de 30 días hábiles. El primero de estos días es el 23 de marzo.

Primera medida. Prórroga extraordinaria de los contratos de arrendamiento de vivienda habitual

¿A qué contratos de alquiler afecta la prórroga extraordinaria?

  • Solo afecta a los contratos de arrendamiento de vivienda habitual sujetos a la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, vigentes en la fecha de entrada en vigor de este real decreto-ley (22 de marzo de 2026).  No incluye los contratos de temporada ni el alquiler de habitaciones, que no se rige por la LAU. 
  • El período de prórroga obligatoria (5 o 7 años) del contrato de alquiler debe terminar antes del 31 de diciembre de 2027.
  • Se aplica a todos los arriendos en los que vaya a finalizar el período de prorroga tácita del artículo 10 de la LAU. Por el redactado de la norma parece que esta prórroga no debe terminar antes de la fecha citada anteriormente.

¿Quién debe pedir la prórroga? ¿Puede negarse el arrendador?

La prórroga debe pedirla el inquilino. La solicitud deberá ser aceptada obligatoriamente por el arrendador, salvo que:

  • Se hayan fijado otros términos o condiciones por acuerdo entre las partes. Léase una prórroga más larga del alquiler. 
  • Se haya firmado un nuevo contrato de arrendamiento.
  • El arrendador hubiera comunicado, en los plazos y condiciones del artículo 9.3 LAU, la necesidad de ocupar la vivienda.

Duración de la prórroga extraordinaria del alquiler

Será una prórroga extraordinaria por plazos anuales, hasta un máximo de dos años adicionales.

El arrendador puede evitar la prórroga extraordinaria renovando el contrato de alquiler al arrendatario, o firmando uno nuevo, con una renta inferior a la prevista en el contrato vigente.

¿Tienes dudas sobre la prórroga de tu contrato de alquiler?

Un abogado especialista en arrendamientos en Barcelona puede analizar tu contrato y explicarte cómo te afecta esta medida.

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Segunda medida. Limitación extraordinaria de la actualización anual de la renta de los contratos de arrendamiento de vivienda.

El inquilino de un contrato de alquiler de vivienda sujeto a la LAU, cuya renta deba ser actualizada entre el 22 de marzo de 2026 y el 31 de diciembre de 2027, podrá negociar con el arrendador el incremento que se aplicará en esa actualización, con sujeción a las siguientes condiciones:

  • Arrendador gran tenedor, según el artículo 3.k) de la Ley 12/2023, por el derecho a la vivienda y la norma catalana que lo aplica. El incremento de la renta será el que resulte del pacto entre las partes, sin que la variación anual de la renta pueda exceder del 2%. En ausencia de pacto, el arrendador solo podrá incrementar la renta un 2%. 
  • Si el arrendador no es gran tenedor la solución es la misma.

Consulta con un abogado especialista en contratos de alquiler de vivienda en Barcelona

Si eres propietario o inquilino y tienes dudas sobre:

• la prórroga extraordinaria del contrato
• la subida del alquiler en 2026 o 2027
• la actualización de la renta según la LAU

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