El 6 de junio de 2018 es una fecha señalada para los contratos de alquiler de vivienda

El 6 de junio de 2018 es una fecha señalada para los contratos de alquiler de vivienda

El 6 de junio de 2018 es una fecha señalada para los contratos de alquiler de vivienda

 

Dice una canción que hay tres días en el año que relucen más que el sol: Viernes Santo, Corpus Christi y el día de la Ascensión. En el ámbito de los arrendamientos urbanos también hay días señalados: 1 de enero de 1995, fecha de entrada en vigor de la Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos, el Decreto Boyer de 9 de mayo de 1985  y el 6 de junio de 2013.

En esta última fecha entró en vigor la nueva redacción de la Ley de Arrendamientos Urbanos dada por la Ley 4/2013, de 4 de junio, de medidas de flexibilización y fomento del mercado del alquiler de viviendas, que se publicó en el BOE el 5 de junio.

No fue una simple reforma; fue un cambio muy importante. Una ley nueva que recortó aún más que la LAU anterior los derechos de los inquilinos: contratos más cortos, de 3 años; prórroga de sólo un año; el arrendador puede recuperar la vivienda si la necesita; más libertad de pactos, lo que de hecho implica que el arrendador puede imponer sus condiciones; una renta que se puede aumentar de cualquier manera que se acuerde, etcétera. Obviamente algunos artículos no variaron. Podéis leer la LAU vigente en este enlace.

El gran problema de esta ley no es sólo la situación legal del inquilino. El arrendatario del siglo XXI es un joven que no podrá alquilar como sus padres. Éstos, si habían arrendado una vivienda antes de 1995, gozan de un alquiler vitalicio, con 4 causas tasadas y excepcionales de resolución del contrato y con una renta limitada a los incrementos del IPC.  Pero este joven, además, tiene enfrente un marco laboral  precario y con bajos salarios y un desfase entre la demanda de pisos de alquiler y la oferta existente que hace que alquilar  una vivienda sea cada vez más caro. Los cambios de domicilio son más frecuentes. Los costes de las mudanzas una carga que no todos pueden asumir. La gentrificación de los barrios céntricos (y no tan céntricos) un hecho irreversible. En Barcelona esto ya ha sucedido en el Gòtic, el Raval y Sant Antoni.

La llegada de este día, el 6 de junio de 2018, conlleva el fin de los últimos contratos que se firmaron con la anterior Ley de Arrendamientos Urbanos. Aunque en realidad el plazo acabó el 4 de junio, pues hasta el 5 de junio de 2013 se firmaban alquileres de vivienda con una duración mínima de 5 años. De estos contratos sólo están vigentes aquellos que se hayan prorrogado. Muchos han terminado, sí, pero para continuar con los mismos inquilinos bajo el régimen de la ya no tan nueva Ley de Arrendamientos Urbanos, que habría que llamar LAU 2013.  Porque es una nueva LAU.


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