Problemas en comunidades de propietarios
Mi experiencia con clientes que tienen problemas con su comunidad de propietarios, o con algunos comuneros, me lleva a pensar que entre estos últimos hay personas que tienen vidas muy aburridas, que no saben distraerse, no está suscritos a Netflix o no tienen nada mejor que hacer que entrometerse sin motivo en la existencia del resto de vecinos. O que creen que ellos mandan en la comunidad y los demás solo están para molestar. O que pueden tomar la decisión que les parezca. Para poner un caso concreto, en una finca de Viladecans un vecino decidió que la azotea era suya. Así que puso una puerta en la escalera para cerrar el paso del resto de propietarios a la misma.
Los problemas de unos clientes con su comunidad de propietarios
Lo dicho sobre algunos copropietarios viene a cuento del caso de unos clientes, una pareja extranjera de jubilados que decidió establecerse en Barcelona. Compraron una planta baja que era una tienda y taller de motocicletas y la convirtieron en una vivienda. Y empezaron los problemas. Que los vecinos protestaran por el ruido de las obras es comprensible, aunque los ruidos son inevitables en una obra y todos las hemos hecho. Puede protestarse por música a alto volumen, perros que ladran cuando sus amos no están, obstaculización de entradas de garaje, etc. Hay motivos para quejarse
Ocurre que los susodichos vecinos también se quejaron por el cambio de uso de local a vivienda. Esta queja es mucho menos comprensible, porque en el local se podría haber instalado un bar o negocio similar susceptible de causar más molestias al vecindario.
¿Qué son los estatutos de una comunidad de propietarios?
Los estatutos de un inmueble organizado en régimen de propiedad horizontal inscritos en el Registro de la Propiedad son una ley privada que establece derechos y obligaciones, de obligado cumplimiento.
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Los estatutos de la comunidad de propietarios en cuestión permiten cambiar el uso de los locales de la planta baja y convertirlos en viviendas «sin precisar para ello autorización de la comunidad de propietarios». Algunos vecinos decían que el cambio a vivienda necesitaba la autorización de la junta de propietarios, pero esto no es cierto. Si el cambio de uso esta autorizado en los estatutos mis clientes no necesitaban permiso alguno de la comunidad: ya lo tienen.
Sin embargo, los vecinos no se dieron por satisfechos. Denunciaron las obras al Ayuntamiento, y aquí sí pillaron a mis clientes. Porque para hacer un cambio de uso de local a vivienda el Ayuntamiento te tiene que dar permiso – si no lo tienes no puedes inscribir el inmueble como vivienda en el Registro de la Propiedad -, y los técnicos que llevaban las obras no tramitaron las licencias correctamente. Pero esto es una cuestión colateral. El hecho es que el cambio a vivienda no les gustaba.
Ahora bien, ¿qué beneficio obtienen los vecinos de molestar a mis clientes? Lo desconozco. Lo que si es comprensible es que la comunidad controle que las obras no afecten a elementos comunes, como la fachada, o alteren la estructura del inmueble.
Los difíciles problemas de convivencia vecinal: a veces la ley no basta
Como abogado, he mediado entre clientes y comunidades de propietarios, o algún vecino con ganas de guerra.
Pero a veces la cosa es complicada, porque hay personas a las que las explicaciones legales no les llegan o no las quieren entender. La ley es un sistema de resolver conflictos; cualquier actuación contraria a la legalidad provoca problemas.
A veces es el administrador el que toma el pelo al propietario, probablemente con la connivencia de la presidencia de la comunidad. La misma tarde en que termino de escribir este post he recibido al propietario de un piso del centro de Barcelona que tuvo que pagar la sustitución y reparación de las vigas de su vivienda porque la comunidad no las quería pagar, y ahora tendrá que pagar su parte de las derramas aprobadas para sustituir y reparar el resto de vigas del edificio. Las vigas son elementos comunes cuya reparación y sustitución deben sufragar todos los comuneros. Este cliente me preguntaba por sus derechos, que el administrador no puede desconocer.
No es menos cierto que a veces la comunidad tiene razón. Hay propietarios que creen que el balcón es suyo y que lo pueden cubrir sin más. El balcón es parte de la fachada, un elemento común de uso privativo. Aunque, para ser fieles a la verdad, lo cierto es que a los vecinos no suele preocuparles si se cubren o no los balcones.
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