La Disposición Adicional Tercera de la Ley 29/1994, de Arrendamientos Urbanos, delegó a las Comunidades Autónomas la regulación de los depósitos de las fianzas de los contratos de arrendamiento. En Cataluña, la norma fundacional del registro de fianzas es la Ley 13/1996, de 29 de julio, desarrollada por el Decreto 147/1997. El registro de fianzas catalán depende del Institut Català del Sòl (Incasol). ¿Es obligatorio registrar los contratos de alquiler? La inscripción de los contratos de alquiler en el Registro…
