El contrato de opción de compra de inmuebles no está regulado en el Código Civil. Su artículo 1255 lo admite, pues permite pactar cualquier negocio a los contratantes. El artículo 14 del Reglamento Hipotecario considera «inscribible el contrato de opción de compra» si se dan las condiciones que estipula, pero no lo regula. Sin embargo, está perfectamente definido en la doctrina de los tribunales. Si lo regula el Libro V del Código Civil catalán en sus artículos 568-8 a…
