Vivienda de uso turístico ilegal. El Ayuntamiento de Barcelona te rebaja la multa si cedes el piso

Vivienda de uso turístico ilegal. El Ayuntamiento de Barcelona te rebaja la multa si cedes el piso

Vivienda de uso turístico ilegal. El Ayuntamiento de Barcelona te rebaja la multa si cedes el piso

 

Como sabéis, el Ayuntamiento de Barcelona persigue sin piedad las viviendas de uso turístico que no tienen licencia de actividad. Y no es una política atribuible sólo a la alcaldesa @AdaColau. Será igual con cualquier otro gobierno municipal.

En Barcelona hay muchos pisos turísticos ilegales. Es una actividad muy lucrativa que puede compensar los riesgos de la sanción administrativa en forma de multa.

Aunque la multa económica no es ninguna broma. Prestar servicios turísticos o ejercer actividades turísticas sin los requisitos de la Ley 13/2002, de Turismo de Cataluña es una infracción muy grave que conlleva una multa de 60.000 a 600.001 €, además del cierre definitivo o temporal de la actividad. A mediados de 2015 a un cliente del despacho, al que llamaremos Jorge,  le sancionaron con el cese total de su actividad ilegal de alquiler de vivienda turística. El incumplimiento de la orden implicaba multas reiteradas de 3.000 euros y la ejecución forzosa de la orden de cierre. Sin perjuicio de que, además, le fuera impuesta la multa correspondiente.

El método de busca habitual de pisos turísticos es el rastreo de las páginas web que las ofrecen. En casi todos los casos que ha tratado este despacho en la notificación de la incoación del expediente sancionador se explica que se ha encontrado la vivienda en el portal de @airbnb, y figura el enlace para encontrarla. Normalmente no hay más explicación.

Además, el Ayuntamiento de Barcelona envía inspectores a los pisos. Hace muy poco – a mediados de agosto -, una clienta me envió el acta de inspección de la vivienda que alquilaba – y que ya había retirado de la web en la que se anunciaba después de recibir la notificación de incoación del expediente sancionador del Ayuntamiento -.  Los inspectores identificaron a los ocupantes, pidieron permiso para entrar, entraron y fotografiaron el interior del piso.

Jorge, el cliente al que sancionaron a mediados de 2015, también recibió la visita de los inspectores.  Su informe dice (traduzco del catalán):

  • Que había denuncias anteriores de un supuesto alojamiento turístico sin licencia.
  • Que hay una vivienda en la primera planta donde se alquilan habitaciones por días, semanas, meses, que es la de Jorge. En el momento de la inspección la vivienda está compartida por diversas personas. Un detalle: los pisos turísticos se alquilan por períodos no superiores a 31 días.
  • Por tanto se desarrolla la actividad de apartamento turístico («Per tant es desenvolupa l’activitat d’apartament turístic«).

Pero hasta ahora – agosto de 2017 – , no me había encontrado con el ofrecimiento que el Ayuntamiento de Barcelona ha hecho a otro cliente del despacho: rebajar la multa si le cede el piso para alquilarlo. Concretamente el 80 %.

Las condiciones de la cesión de la vivienda

Las condiciones son las siguientes:

  • Hay que ceder el piso a la «Borsa d’Habitatges de Lloguer de Barcelona» (la bolsa de viviendas de alquiler del Ayuntamiento) para destinarlo a políticas sociales.
  • El período de cesión es de un mínimo de 60 meses (5 años).
  • La vivienda debe cumplir las condiciones mínimas de habitabilidad. Que tenga la cédula de habitabilidad.
  • No deben ser necesarias obras de mejora en la vivienda.
  • El infractor debe tener un título jurídico suficiente para disponer del piso: propiedad, usufructo. No puede ser un inquilino.
  • Debe solicitarse antes de que la sanción sea firme.

La «oferta» del Ayuntamiento se acoge a lo que dispone el artículo 103.1 de la Llei de Turisme de Catalunya, que dice que «con carácter previo o simultáneo a la tramitación de un expediente sancionador, puede ofrecerse a la empresa o la persona presuntamente infractora la posibilidad de reparar los perjuicios causados, o de normalizar las irregularidades administrativas en que haya podido incurrir».

Para la reparación de las irregularidades administrativas debe tenerse en cuenta la entidad de la infracción y el perjuicio que derive de la misma (artículo 103.3).

A este abogado tal ofrecimiento no le parece una reparación del perjuicio causado, sino un claro abuso de poder: en este caso no ha habido una valoración económica del perjuicio causado. Y además, ¿a quién se perjudica? no al turista –  a quien le da igual si el piso turístico es legal o no -. En todo caso a quién presta servicios turísticos legalmente, que no obtiene otra reparación con la cesión del piso que su retirada del mercado de alojamientos.

Pero la falta de viviendas para alquilar en Barcelona es muy grave. Hay mucha más demanda que oferta y los precios son impagables para quienes los demandan, jóvenes en su mayoría. Eso sin contar con quien no puede pagar una vivienda. Así que el Ayuntamiento quiere encontrar pisos como sea.


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