El artículo 27.2.d) de la Ley de arrendamientos urbanos permite al arrendador resolver el contrato de alquiler de vivienda si el inquilino realiza en ella obras no consentidas, siempre que el consentimiento del arrendador sea necesario. No se exige el consentimiento del arrendador cuando se trata de reparaciones del apartado 4 del artículo 21, las pequeñas reparaciones, o de reparaciones necesarias y urgentes (artículo 21.3), ni cuando las obras tengan por finalidad adaptar la vivienda a la situación de minusvalía del…